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La Ley de Responsabilidad Penal del Menor se aplica a todos los menores de 18 años y mayores de 14 que cometan un delito de los tipificados en el Código Penal. Dicha Ley no establece penas, sino medidas para evitar, en la medida de lo posible, que en un futuro vuelva a cometer un delito, pudiendo ir desde una simple reprimenda por parte del Juez de Menores hasta un internamiento en Régimen Cerrado, lo cual influirá en su desarrollo futuro.

Este procedimiento es muy distinto a un procedimiento penal ordinario. Por ejemplo, la Instrucción la realiza el Fiscal de Menores y no un Juez. Este diferente procedimiento hace que sea necesaria una alta especialización en esta materia.

También hay que tener en cuenta que, en cierta manera se está defendiendo también a las personas que tienen la custodia (patria potestad, tutor) del menor, dado que serán estos los que han de pagar la responsabilidad civil.

Desde RM, abogado se aconseja acudir a profesionales en el ámbito de menores. Si lo desea, pida una cita y estaremos encantados de atenderle.

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